Bautismo cristiano
Bautismo · Baptism, Christian
Easton, 1897
Ordenanza instituida directamente por Cristo (Mateo 28:19, Mateo 28:20), y destinada a ser observada en la iglesia, como la de la Cena, «hasta que él venga». Las palabras «bautizar» y «bautismo» son simplemente palabras griegas pasadas al castellano. Esto lo tuvieron que hacer necesariamente los traductores de las Escrituras, pues ninguna traducción literal podría expresar debidamente todo lo que ellas implican.
El modo del bautismo no puede determinarse en modo alguno a partir de la palabra griega traducida «bautizar». Los bautistas dicen que significa «sumergir», y nada más. Esa es una opinión incorrecta del significado de la palabra. Significa tanto (1) sumergir una cosa en un elemento o líquido, como (2) poner un elemento o líquido sobre ella. Nada, pues, en cuanto al modo del bautismo puede concluirse de la mera palabra empleada. La palabra tiene un amplio margen de significado, no solo en el Nuevo Testamento, sino también en la versión de los LXX del Antiguo Testamento, donde se usa de las abluciones y bautismos exigidos por la ley mosaica. Estos se efectuaban por inmersión, por efusión y por aspersión; y la misma palabra, «lavamientos» (Hebreos 9:10, Hebreos 9:13, Hebreos 9:19, Hebreos 9:21) o «bautismos», los designa a todos. En el Nuevo Testamento no se puede hallar un solo caso bien comprobado del uso de la palabra en que signifique necesariamente inmersión. Además, ninguno de los casos de bautismo registrados en los Hechos de los Apóstoles (Hechos 2:38-41; Hechos 8:26-39; Hechos 9:17, Hechos 9:18; Hechos 22:12-16; Hechos 10:44-48; Hechos 16:32-34) favorece la idea de que fuera sumergiendo a la persona bautizada, o por inmersión, mientras que en algunos de ellos tal modo era muy improbable.
El evangelio y sus ordenanzas están destinados a todo el mundo, y no puede suponerse que se hubiera prescrito una forma de administrar el bautismo que en algún lugar (como en un país tropical o en las regiones polares) o en alguna circunstancia fuera inaplicable, perjudicial o imposible.
El Bautismo y la Cena del Señor son las dos ordenanzas simbólicas del Nuevo Testamento. La Cena representa la obra de Cristo, y el Bautismo la obra del Espíritu. Así como en la Cena la pequeña cantidad de pan y vino usada en esta ordenanza muestra en símbolo la gran obra de Cristo, así en el Bautismo la obra del Espíritu Santo se ve plenamente en el agua derramada o rociada sobre la persona en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Lo esencial en el bautismo es solo el «lavamiento con agua», sin que se especifique modo alguno, ni sea necesario ni esencial ninguno para el simbolismo de la ordenanza.
Los apóstoles de nuestro Señor fueron bautizados con el Espíritu Santo (Mateo 3:11) al venir él sobre ellos (Hechos 1:8). El fuego con que fueron bautizados se asentó también sobre ellos. El extraordinario suceso de Pentecostés fue explicado por Pedro como cumplimiento de la antigua promesa de que el Espíritu sería derramado en los últimos días (Hechos 2:17). Usa también, con la misma referencia, la expresión «ha derramado» como descriptiva del bautismo del Espíritu (Hechos 2:33). En el bautismo de Pentecostés «los apóstoles no fueron sumergidos en el Espíritu, ni zambullidos en el Espíritu; sino que el Espíritu fue derramado, vertido, cayó sobre ellos (Hechos 11:15), vino sobre ellos, se asentó sobre ellos». Aquello fue un bautismo real y verdadero. Estamos autorizados por tal lenguaje a concluir que, de igual modo, cuando se derrama agua, cae, viene sobre una persona o reposa sobre ella al administrarse esta ordenanza, esa persona es bautizada. Por tanto, el bautismo, a la luz de todos estos argumentos, es «rectamente administrado derramando o rociando agua sobre la persona».
Los sujetos del bautismo. Esto plantea cuestiones de mayor importancia que las relativas a su modo.
1. La controversia aquí no es sobre el «bautismo de creyentes», pues este es común a todas las partes. Los creyentes fueron bautizados en tiempos apostólicos, y han sido bautizados en todo tiempo por todas las ramas de la iglesia. Todo caso de bautismo de adultos, o de «bautismo de creyentes», registrado en el Nuevo Testamento (Hechos 2:41; Hechos 8:37; Hechos 9:17, Hechos 9:18; Hechos 10:47; Hechos 16:15; Hechos 19:5, etc.) es precisamente de la clase que sería tratada de idéntica manera por todas las ramas de la Iglesia Protestante: se exigiría de cada uno de ellos una profesión de fe o de que eran «creyentes» antes del bautismo. El punto en disputa no es el bautismo de los creyentes, sino si los hijos pequeños de los creyentes, es decir, de los miembros de la iglesia, deben ser bautizados.
2. En apoyo de la doctrina del bautismo de niños, es decir, del bautismo de los niños pequeños, o más bien de los «hijos», de padres creyentes, pueden aducirse las siguientes consideraciones:
La Iglesia de Cristo existe como una comunidad divinamente organizada. Es el «reino de Dios», un solo reino histórico bajo todas las dispensaciones. La mancomunidad de Israel era la «iglesia» (Hechos 7:38; Romanos 9:4) bajo la dispensación mosaica. La iglesia del Nuevo Testamento no es una iglesia nueva y diferente, sino una con la del Antiguo Testamento. Las condiciones de admisión en la iglesia han sido siempre las mismas, a saber, una profesión de fe y una promesa de sumisión a las leyes del reino. Ahora bien, es un hecho indiscutible que los hijos del pueblo de Dios bajo la antigua dispensación eran reconocidos como miembros de la iglesia. La circuncisión era la señal y el sello de su pertenencia. No era por la descendencia carnal de Abraham, sino por ser hijos del pueblo que profesaba la fe en Dios, por lo que se administraba este rito (Romanos 4:11). Si los hijos eran miembros de la iglesia bajo la antigua dispensación, como indudablemente lo eran, entonces son miembros de la iglesia ahora por el mismo derecho, a menos que pueda mostrarse que han sido expresamente excluidos. Bajo el Antiguo Testamento los padres actuaban por sus hijos y los representaban. (Véase Génesis 9:9; Génesis 17:10; Éxodo 24:7, Éxodo 24:8; Deuteronomio 29:9-13.) Cuando los padres entraban en pacto con Dios, llevaban consigo a sus hijos. Esto era una ley en la iglesia hebrea. Cuando se recibía a un prosélito como miembro, no podía entrar sin llevar consigo a sus hijos. El Nuevo Testamento no excluye de la iglesia a los hijos de los creyentes. No los priva de ningún privilegio que disfrutaban bajo el Antiguo Testamento. No hay en ninguna parte del Nuevo Testamento mandato o declaración alguna que pueda interpretarse como favorable a tal idea. La pertenencia de los niños a la iglesia nunca ha sido revocada. La práctica antigua, originalmente establecida por el mismo Dios, debe seguir siendo una ley de su reino hasta que sea derogada por la misma autoridad divina. Hay corderos en el redil del Buen Pastor (Juan 21:15; comp. Lucas 1:15; Mateo 19:14; 1 Corintios 7:14).
«En un grupo de convertidos que solicitan ser admitidos en la casa de Cristo es probable que haya algunos cabezas de familia. ¿Cómo ha de tratarse su caso? ¿Cómo han de ser tratadas, por ejemplo, Lidia y su vecino el carcelero de la ciudad? Ambos se han convertido. Ambos son cabezas de familia. Desean ser recibidos en la naciente iglesia de Filipos. ¿Cuál es la dirección de Cristo para ellos? ¿Diremos que es de este tenor: “Levántate, y lava tus pecados, y entra en mi casa. Pero debes entrar solo. Esos pequeños que tienes en brazos, debes dejarlos fuera. Todavía no pueden creer, y por eso no pueden entrar. Esos otros pequeños que están a tu lado, quizá sus corazones hayan sido tocados por el amor de Dios; con todo, no tienen edad suficiente para hacer una profesión personal, así que también ellos deben quedarse fuera... Por ahora debes dejarlos donde están y entrar solo”? Cabe razonablemente exigir pruebas muy rigurosas antes de aceptar esto como una fiel representación de la clase de bienvenida que Cristo ofrece a los padres que llegan a su puerta trayendo consigo a sus hijos. Seguramente es más conforme con todo lo que sabemos de él suponer que su bienvenida será más amplia en su alcance y respirará un tono más benigno. Seguramente sería más propio del Buen Pastor decir: Entrad, y traed con vosotros a vuestros pequeños. El más pequeño necesita mi salvación; y el más pequeño es accesible a mi salvación. Quizá todavía no podáis hablarles ni del pecado ni de la salvación, pero mi poder misericordioso puede abrirse camino en sus corazones ya ahora. Puedo impartirles perdón y una vida nueva. De Adán han heredado el pecado y la muerte; y puedo unirlos a mí de tal manera que en mí sean herederos de justicia y de vida. Podéis traérmelos sin recelo. Y la ley de mi casa exige que el mismo día que presencia vuestra recepción en ella por el bautismo presencie también la recepción de ellos”». (La Iglesia, del profesor Binnie, D.D.).
Torres Amat, 1823
V. Agua.
Diccionario: M. G. Easton (1897, dominio público), traducido al español; Notas generales de Torres Amat (1823, dominio público).